Seguimiento del proceso de préstamo de libros para el curso 2016/17

Jueves, 4 Agosto, 2016 hasta el Sábado, 10 Septiembre, 2016

Cada solicitante podrá realizar el seguimiento del proceso de forma individualizada en Papas 2.0, desde el módulo Secretaría Virtual de la siguiente forma:

“Mis trámites” > “Mis solicitudes” > “Mis solicitudes”, donde aparecerá la solicitud que se realizó en su momento y al hacer clic sobre ella aparecerá la opción “Datos de la solicitud”, que mostrará la información del seguimiento.

A partir del miércoles 3 de agosto se les mostrará en PAPAS la renta per cápita calculada, y en los casos donde no se muestre se les informará que la AEAT no ha devuelto información al respecto y que por tanto tendrán que aportar la acreditación de renta 2015 mediante la documentación descrita en el apartado b), punto 1.6 del artículo quinto de la resolución 25/05/2016 de la convocatoria.

1.6. En caso de no prestar las autorizaciones señaladas en la solicitud de subvención, los interesados deberán aportar junto con la solicitud, la documentación señalada en el apartado A) 2 de la base séptima de la Orden de bases, que es: AÑO XXXV Núm. 106 1 de junio de 2016 12185

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI), del Número de Identificación de Extranjeros (NIE) o de la tarjeta de residencia en vigor, en su caso, de cada uno de los miembros computables de la familia.

b) Declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2015 o, en su caso, certificación de ingresos obtenidos por el padre, la madre o tutor/a legal o el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación, en dicho ejercicio emitido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) u organismo tributario competente. En el caso de que este documento no pueda ser emitido por AEAT, podrán acreditar los ingresos mediante la aportación del certificado de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social acompañado de los certificados ó nóminas que se relacionen en la vida laboral del año 2015 y de declaración responsable firmada por los tutores donde se indiquen los ingresos de ese año. En el caso de haber percibido algún ingreso correspondiente a otras prestaciones públicas que resultan exentas conforme a las letras f), g) y h) del artículo 7 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del impuesto sobre la renta, en su caso deberá aportar certificación anual emitido por Seguridad social y/o Clases pasivas donde consten los ingresos percibidos en el año 2015. Si no se ha obtenido ningún ingreso en dicho ejercicio deberá aportar el informe de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social acompañado de una declaración responsable donde se indique esta situación. Por último si el solicitante no puede acreditar su situación mediante un certificado de vida laboral porque no hayan residido en nuestro país antes del año inmediatamente anterior al de participación en la convocatoria y el interesado alegue en una declaración responsable no percibir rentas, deberá acompañar asimismo un informe de los Servicio Sociales que acredite que han sido atendidos​.